BASES LEGALES Y CONDICIONES DE ADHESIÓN A LA CAMPAÑA

El presente documento establece las condiciones que se aplican a las ventas entre, las personas que quieren efectuar una compra en el presente sitio web a las que en adelante se referirá como “el consumidor” o "el cliente", indistintamente, y de la Confederació d’Empresaris del Comerç, Servicis i Autònoms de la Comunitat Valenciana.

Al hacer uso de esta página web o la solicitud de compra del cliente constituye la aceptación de las condiciones de compra y nuestra política de Protección de Datos, que el cliente debe consultar y aceptar con carácter previo a la compra del producto.

1/ Objeto y ámbito de aplicación

La iniciativa “Campaña bono comercio Peñíscola”, puesta en marcha por el Ayuntamiento de Peñíscola a través de las Concejalías de Comercio, Hostelería y Turismo, Confecomerç y la Federación de Comercio de Peñíscola, surge como medida para incentivar el consumo de la ciudadanía en los comercios.

A través de esta acción, se pretende dinamizar la actividad económica del municipio, mediante el fomento del consumo de proximidad en los establecimientos de los sectores de comercio, servicios y hostelería adheridos a la campaña.

Cada bono cuenta con un valor total que resulta de la suma del 50% del importe pagado por el consumidor y la aportación realizada el Ayuntamiento de Peñíscola (en adelante el Ayuntamiento), que corresponde al otro 50%.

2/ Adquisición de Bonos

Los bonos se podrán adquirir a través de esta página web, pinchando en COMPRAR BONOS. Se deberá seleccionar la cantidad de bonos a comprar. Todos los bonos tienen un valor de 40€.

3/ Tipo de bonos

Cada persona del municipio dispondrá de un máximo de 200€, de los que paga la mitad y el ayuntamiento le subvenciona la otra mitad, para poder canjear en los establecimientos participantes que se pueden consultar en esta web. Cada bono será canjeable en una única compra, es decir, un bono no se puede canjear en dos compras diferentes, ni en una misma compra se pueden canjear más de un bono.

El valor de los bonos es de 40€, es decir, que como máximo se podrán adquirir 5 bonos de 40€ (total 200€)

3/ Duración de la promoción

El periodo para adquirir el bono y canjearlo en establecimientos adheridos transcurrirá entre el 1 de octubre y el 12 de octubre de 2025.

Pasado los plazos descritos anteriormente, los bonos no canjeados perderán su validez y por tanto ya no podrán ser usados en los establecimientos ni tampoco se podrá pedir el reembolso del importe pendiente de gastar.

4/ Condiciones de compra por parte de consumidor:

Podrá adquirir bonos, cualquier persona mayor de dieciocho años empadronada en el municipio de Peñíscola antes de 31 de diciembre de 2024 que acceda a los bonos según los medios y cauces establecidos en la campaña.

La mayoría de edad se exige a fecha de aprobación de las bases de la campaña.

Una vez descargado/s el/los bono/s, los consumidores dispondrán hasta el 12 de octubre de 2025, inclusive para realizar sus compras o gastos, siendo su utilización compatible con cualquier tipo de descuento, oferta o rebaja disponible en el establecimiento para el producto que se desea adquirir.

Los bonos irán asociados a un DNI. Tras su adquisición, el consumidor recibirá el bono en formato pdf para imprimirlo en casa, o lo recibirá en el móvil. Es importante destacar que para que pueda ser aplicado un bono en la compra o gasto, el único requisito será presentar el DNI antes del pago en el propio establecimiento, así como el bono descuento en formato impreso o digital.

Para un mejor control y facilidad de uso por parte de ciudadanos y establecimientos, los bonos son indivisibles. No existe reembolso sobre los bonos para evitar usos fraudulentos.

El listado de establecimientos adheridos donde se podrán canjear los bonos se encontrará publicado en la presente web, disponiendo cada uno de esos establecimientos de un distintivo que le identificará como tal.

 

5/ Idiomas para la adquisición de productos

Las compras realizadas por clientes se entenderán vinculadas sólo en castellano y valenciano.

 

6/ Precio

Todos los precios se indican por defecto en euros. El precio indicado incluyen los impuestos aplicables a la transacción.

 

7/ Condiciones de pago

Para formalizar la compra, el usuario podrá utilizar cualquiera de los métodos de pago que al realizar el pedido se ofrezcan en cada caso.

 

8/ Información solicitada

De acuerdo con lo establecido en la normativa de protección de datos, le informamos de que los datos personales que nos facilite a través de nuestro sitio web o mediante envíos de correos electrónicos, serán tratados por la Confederació d’Empresaris del Comerç, Servicis i Autònoms de la Comunitat Valenciana como responsable del tratamiento para poder realizar las transacciones solicitadas, así como recibir notificaciones periódicas a través de medios electrónicas. La legitimación del tratamiento reside en la prestación de los servicios solicitados. 

La empresa se compromete al cumplimiento de la obligación de secreto de los datos de carácter personal, por ello ha adoptado las medidas necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta en todo momento del estado de la tecnología.

En cualquier caso, todos los usuarios tienen derecho a ejercitar, en cualquier momento, los derechos de acceso, rectificación, limitación del tratamiento, supresión, oposición, limitación del tratamiento, y portabilidad de datos que le asisten, mediante correo electrónico a info@confecomerc.es, acreditando su identidad. En el caso de que considere, puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos. 

 

9/ Adhesión a la campaña de comercios y establecimientos.

La participación de los comercios y establecimientos requiere la previa adhesión a la campaña.

La solicitud de adhesión y participación se formalizará telemáticamente en la página web de la campaña que creará la entidad colaboradora Confecomerç. El sitio web de la campaña incluirá la información necesaria sobre documentos a aportar y plazos para hacer efectiva la adhesión.

 

 

 

 

10/ Establecimientos participantes.

Podrán participar de manera gratuita todos los comercios minoristas de la ciudad, con un local permanente abierto al público en Peñíscola, con un máximo de 15 trabajadores de alta a fecha 31 de diciembre de 2024, y que estén dados de alta en los epígrafes citados en el anexo de comercio minorista en el impuesto de actividades económicas, según el Real Decreto ley 1175/1990, de 28 de septiembre cuyo producto esté a la venta de forma directa y presencial. Los comercios participantes en el programa CAMPAÑA BONOS CONSUMO PEÑÍSCOLA tendrán que inscribirse mediante un formulario previamente habilitado en el que detallarán sus datos y aportarán la documentación requerida y declararán de forma responsable estar de alta en el IAE o disponer del modelo 036 que permita comprobar la actividad de comercio minorista de la pyme así como que del documento de Seguridad Social que permita comprobar el número de trabajadores a fecha 31 de diciembre de 2024, pudiendo el Ayuntamiento verificar esta información.

Condiciones a cumplir por los comercios para poder participar:

  1. a) Tengan como objeto preferente de su actividad el de la venta a las personas consumidoras de productos y bienes en alguno de los epígrafes del IAE siguientes

6443 Comercio al por menor de productos de pastelería y, bollería y confitería. 6444 Comercio al por menor de helados. 6445 Comercio al por menor de bombones y caramelos. 645 Comercio al por menor de vinos y bebidas de todas clases. 651 Comercio al por menor de productos textiles, confección, calzados, pieles y artículos de cuero. 6511 Comercio al por menor de productos textiles, confecciones para el hogar, alfombras y similares y artículos de tapicería. 6512 Comercio al por menor de prendas para el vestido y tocado. 6513 Comercio al por menor de lencería y corsetería. 6514 Comercio al por menor de mercería y paquetería. 6515 comercio al por menor de prendas especiales. 6516 Comercio al por menor de calzado, artículos de piel e imitación o productos sustitutivos, cinturones, carteras, bolsos, maletas y artículos de viaje en general. 6517 Comercio al por menor de confecciones de peletería. 6522 Comercio al por menor de productos de droguería, perfumería y cosmética, limpieza, pinturas, barnices, disolventes, papeles y otros productos para la decoración y de productos químicos. 6523 Comercio al por menor de productos de perfumería y cosmética, y de artículos para la higiene y el aseo personal. 6524 Comercio al por menor de plantas y hierbas en herbolarios. 6531 Comercio al por menor de muebles (excepto los de oficina). 6532 Comercio al por menor de material y aparatos eléctricos, electrónicos y electrodomésticos y otros aparatos de uso doméstico. 6533 Comercio al por menor de productos de menaje, ferretería, adorno, regalo o reclamo incluyendo bisutería y pequeños electrodomésticos). 6534 Comercio al por menor de materiales de construcción y artículos y mobiliario de saneamiento. 6535 Comercio al por menor de puertas, ventanas y persianas, molduras y marcos, tarimas y parquet-mosaico, cestería y artículos de corcho. 6536 Artículos al por menor de bricolaje. 6539 Comercio al por menor de otros artículos para el equipamiento del hogar n.c.o.p. 6545 Comercio al por menor de toda clase de maquinaria (excepto aparatos del hogar, de oficina, médicos, ortopédicos, ópticos y fotográficos). 657 Comercio al por menor de instrumentos musicales en general, así como de sus accesorios. 6592 Comercio al por menor de muebles de oficina, de máquinas y equipos de oficina. 6593 Comercio al por menor de aparatos e instrumentos médicos, ortopédicos, ópticos y fotográficos. 6594 Comercio al por menor de libros, periódicos, artículos papelería y escritorio y artículos de dibujo y bellas artes. 6595 Comercio al por menor de artículos de joyería, relojería, platería y bisutería. 6596 Comercio al por menor de juguetes, artículos de deporte, prendas deportivas de vestido, calzado y tocado. 6597 Comercio al por menor de semillas, abonos, flores y plantas y pequeños animales. 6598 Comercio al por menor denominado sex-shop

  1. b) Los titulares de la actividad deben ser personas empresarias autónomas, microempresa o pequeñas empresas, de conformidad con lo señalado por los artículos 2,2 y 2,3 del anexo I del reglamento (UE) número 651/2014 de la Comisión de 17 de junio por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de 107 y 108 del Tratado.
  2. c) Se encuentren en situación regularizada con Hacienda y Seguridad Social y en su caso de las obligaciones de reintegro de subvenciones

Los establecimientos podrán inscribirse durante toda la duración de la campaña

 

  1. Utilización de los bonos.

Los consumidores presentarán el número identificador del bono como pago de la compra que realicen en cualquiera de los establecimientos adheridos a la campaña durante la duración de la misma. Sólo se podrá utilizar un bono por compra y cada bono ha de utilizarse por su importe total en una sola vez. Se presentará en la plataforma una factura o tique por cada bono, no pudiendo utilizarse la misma factura o tique para más de un bono. Se deberá presentar el DNI de la persona a la que va vinculada el bono o en su defecto una autorización nominal cuya plantilla podrá descargarse en la plataforma habilitada para la compra de bonos.

Los comerciantes deberán entrar obligatoriamente en la plataforma habilitada con su identificación de establecimiento y vincularán el código correspondiente al bono con la compra realizada por el cliente en su establecimiento. Así el bono quedará desactivado haciendo imposible la reutilización.

 

  1. Cobro de los bonos por los comerciantes.

La persona titular del comercio deberá guardar una copia del ticket o factura de la venta realizada. En el mismo constará su nombre y NIF. AI ticket o factura se añadirá nombre, apellidos y NIF de quien haya realizado la compra comprobando en todo caso la mayoría de edad. Los tiquets o facturas se deberán ajustar a los requisitos establecidos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre. En ningún caso se admitirán como justificantes de pago los albaranes, notas de entrega, tickets de caja, justificantes de TPV ni facturas proforma. Para el cobro del importe de los bonos, los establecimientos presentarán a la entidad colaboradora Confecomerç-CV, en la forma y con la periodicidad que se indique en el momento de la adhesión, copias de los tickets o facturas de las ventas realizadas, así como un informe individual, que obtendrán mediante la plataforma digital, donde aparecerán los identificadores de cada uno de los bonos. Confecomerç-CV realizará el pago a los establecimientos mediante transferencia bancaria. La fecha máxima para que los establecimientos presenten los bonos y soliciten el pago será cinco días naturales después de finalizar la campaña para los consumidores.

 

13/ Derecho de desistimiento, cambios y devoluciones

Como regla general, no existe derecho de desistimiento sobre las compras efectuadas en base a la excepción recogida en el art 103,a) del Texto Refundido de Consumidores y Usuarios puesto que la ejecución del uso de los bonos comienza con la mera descarga del mismo. Por lo tanto, el consumidor reconoce y es consciente de que tras el pago no existe derecho de desistimiento.

No obstante, en el caso de que por algún motivo excepcional un consumidor quisiera retrotraer la operación deberá ponerse en contacto a través del siguiente correo electrónico info@confecomerc.es

 

 

14/ Reembolso de los importes pagados.

El reembolso, en los casos que proceda, se efectuará a través del medio de pago que se utilizó para la compra.

El precio a devolver es el que originalmente figuraba en el pedido, procediendo al reembolso del importe en el plazo máximo de 14 días desde la fecha de resolución de la compra.

 

16/ Afección fiscal.

Las personas beneficiarias de esta campaña deberán tener en cuenta lo dispuesto en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.

 

17/ Legislación aplicable. Sumisión a fueros.

Al realizar el pedido, el cliente admite someter la compra a realizar a la legislación Española, por lo que estas Condiciones Generales se rigen por la ley española y por tanto para cuantas cuestiones interpretativas o litigiosas que pudieran plantearse será de aplicación la legislación española.

Las partes se someten, a su elección, para la resolución de los conflictos y con renuncia a cualquier otro fuero, a los juzgados y tribunales del domicilio del comprador y, a los efectos legales oportunos, recordamos a los clientes que la Comisión Europea ha creado una plataforma de resolución extrajudicial de litigios online que se encuentra disponible en el siguiente enlace, http://ec.europa.eu/consumers/odr/.

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